Aunque los derechos de los niños, niñas y adolescentes no son diferentes a los derechos de las personas adultas, la ley de infancia y adolescencia sienta un precedente con la expedición de la LEY 1098 de 2006, la cual persigue asegurar las condiciones para el ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes asegurándoles un reconocimiento como sujetos plenos de derechos hasta la edad de 18 años, sin discriminación alguna, y bajo los principios universales de dignidad, igualdad, equidad y justicia social, solidaridad, prevalencia de sus derechos, interés superior y participación en los asuntos de su interés.

“Los derechos sexuales y reproductivos son un componente fundamental de los Derechos Humanos. Son aquellos derechos humanos interpretados desde el punto de vista de la sexualidad y reproducción de hombres y mujeres, cuya garantía es requisito fundamental para el goce de una vida sexual plena y libre” 6

En concordancia con este reconocimiento, la Política Nacional de sexualidad, Derechos sexuales y Derechos Reproductivos (PNSDSDR), plantea acciones para el fortalecimiento de la capacidad para ejercer la autonomía sobre el uso de anticonceptivos modernos, la apertura de servicios especiales para adolescentes, la atención de eventos como las violencias sexuales y el embarazo en la adolescencia.

Dentro del marco de esta política se establece que “aunque la construcción social ha posibilitado que a todas las personas les asista el disfrute de la sexualidad al margen de la reproducción o a ejercer su derecho a la reproducción al margen de la sexualidad. La sexualidad es de suyo un campo de la autonomía personal modelada en lo social, por ello reconocida como construcción social. Así mismo, la reproducción desde una condición biológica ha estado ligada a la sexualidad, pero cada vez los avances de la ciencia en materia de fertilidad, (reproducción asistida, adopción, etc.) la hacen posible sin esta mediación.”7

En este sentido, un avance significativo de la PNSDSDR es separar los derechos sexuales y derechos reproductivos así: los Derechos Sexuales se plasman todos los derechos humanos interpretados desde la sexualidad como el derecho a la libertad sexual; cuya finalidad puede ser recreativa, comunicativa o reproductiva; derecho a la intimidad, a la información, a la integridad personal, al libre ejercicio de la orientación sexual, entre otros. Por su parte, los Derechos reproductivos, se relacionan con nuestra libertad individual de decidir cómo y cuándo tener hijos. Esto puede incluir: el derecho a la anticoncepción; a la atención materna y a acceder a un parto de calidad; al aborto legal y seguro, así como los derechos a la educación y servicios para apoyar la toma de decisiones reproductivas libres e informadas.

Coordinadora de la estrategia Punto D-Derechos sexuales y reproductivos
en Fundación Oriéntame
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